La Ley Ricarte Soto (Ley 20.850) crea un sistema de proteccion financiera para tratamientos de alto costo que no estan cubiertos por el GES ni por los planes de Isapre. Fue promulgada en 2015 y lleva el nombre del periodista Ricardo 'Ricarte' Soto, quien lucho por los derechos de los pacientes.
Que enfermedades cubre?
La ley cubre diagnosticos y tratamientos de alto costo, incluyendo algunos tipos de cancer avanzado, enfermedades raras, tratamientos biologicos y medicamentos de alto costo que no tienen cobertura en el sistema regular.
Como acceder al beneficio?
- Tu medico tratante debe confirmar el diagnostico cubierto por la ley
- El medico solicita la cobertura a traves del prestador de salud
- Fonasa o tu Isapre evaluan la solicitud
- Si es aprobada, el tratamiento se financia con recursos del Estado
- No hay copago para el paciente por los medicamentos y tratamientos cubiertos
Aplica para Fonasa e Isapre
A diferencia de otros beneficios, la Ley Ricarte Soto aplica tanto para afiliados de Fonasa como de Isapre. No importa el sistema de salud al que pertenezcas.
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Fuentes y Referencias Oficiales
- [1]Ley 20.850 - Ley Ricarte Soto
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1075434
- [2]Ministerio de Salud - Ley Ricarte Soto
https://www.minsal.cl/ley-ricarte-soto/
- [3]Fonasa - Ley Ricarte Soto
https://www.fonasa.cl/sites/fonasa/beneficiarios/ricarte-soto
La informacion de este articulo fue elaborada con base en fuentes oficiales del Gobierno de Chile, la Superintendencia de Salud, Fonasa y la Biblioteca del Congreso Nacional. Ultima actualizacion: 2026-02-22.